La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la jurisprudencia 1a./J. [cite_start]225/2025 (11a.), publicada el 22 de agosto de 2025, en la que determinó que los actos o actividades no objeto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) no pueden formar parte de la mecánica de acreditamiento de este impuesto[cite: 3, 4].
[cite_start]El IVA es un impuesto indirecto que se traslada en cada etapa de la cadena productiva hasta el consumidor final[cite: 5]. [cite_start]Sin embargo, con la reforma de 2022 a la Ley del IVA, se precisó que los actos no objeto del impuesto —como actividades realizadas en el extranjero o fuera de los supuestos del artículo 1— no son susceptibles de acreditamiento[cite: 6].
La SCJN resolvió:
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) da a conocer los resultados del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes de agosto 2025. En la primera y segunda quincena el INPC registró niveles de 140.800 y 140.934 respectivamente[cite: 13].
[cite_start]Por lo tanto, el INPC mensual para agosto 2025 es de 140.867[cite: 14].
[cite_start]La inflación anual se ubicó en 3.57% comparando con el INPC de agosto 2024[cite: 15].
El martes 30 de septiembre de 2024, vence el plazo para la presentación del dictamen en materia de seguridad social[cite: 19]. [cite_start]La obligación la tienen los patrones que cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior [cite: 20][cite_start]; para lo cual necesitan un contador público autorizado[cite: 21].
[cite_start]El contador público autorizado emitirá bajo protesta de decir verdad, que la opinión se elaboró en cumplimiento de la Ley y sus reglamentos, y que se realizó con apego a las normas de auditoría generalmente aceptadas, así como a los procedimientos de auditoría[cite: 22]. La opinión podrá ser:
En caso de cuotas obrero-patronales omitidas derivadas del dictamen, deberán pagarse con la actualización y recargos correspondientes antes de la presentación del mismo[cite: 29]. [cite_start]La autoridad comparte El Sistema de Dictamen Electrónico del Instituto Mexicano del Seguro Social (SIDEIMSS), como herramienta digital para formular y presentar el dictamen[cite: 30].
A partir del 22 de agosto de 2025 se encuentra disponible la nueva versión 3.6.7 del SUA, en la cual se consideran los cambios para dar cumplimiento a la reforma del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025[cite: 33].
