Boletín Mensual - 02/2026
Índice Nacional de Precios y Cotizaciones 2026
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) da a conocer los resultados del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes de enero 2026[cite: 5]. En la primera y segunda quincena el INPC registró niveles de 143.466 y 143.711 respectivamente; por lo tanto, el INPC mensual para enero 2026 es de 143.588[cite: 5]. La inflación anual se ubicó en 3.79% al periodo de enero 2025[cite: 5].
- Comunicado...[cite: 5]
- D.O.F...[cite: 5]
Determinación Anual de la Prima Seguro de Riesgos
Los patrones tienen la obligación de revisar anualmente su siniestralidad para determinar si permanece, se disminuye o aumenta su prima de seguro de riesgos[cite: 5]. Lo anterior, con los casos de riesgos de trabajo durante el 1 de enero al 31 de diciembre 2025[cite: 5].
Hay que recordar que no estan obligados los patrones que tienen la prima mínima y los trabajadores NO sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo durante el periodo o si tienen menos de 10 trabajadores promedio pueden optar por presentar la determinación de prima o cubrir la prima media de la clase[cite: 5].
Anual de Personas Morales no lucrativas
Las personas morales con fines no lucrativos deben presentar su declaración anual a más tardar el 16 de febrero de 2026, en la que determinen el remanente distribuible y su proporción para cada uno de sus integrantes[cite: 5].
La autoridad ha creado un Minisitio donde se encuentran los enlaces para presentación y materiales de apoyo[cite: 5]: Minisitio SAT[cite: 5].
- Guia Usuario F21...[cite: 5]
Notificación electrónica por buzón tributario
Con fecha 30 de enero de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publico en el Semanario Judicial de la Federación Tesis Jurisprudencial con criterio jurídico "Para que la notificación electrónica por buzón tributario sea válida, es suficiente que la autoridad acredite la puesta a disposición del documento en el sistema y el envío del aviso electrónico a los medios de contacto registrados por la persona contribuyente, sin que sea necesario que compruebe la recepción material del aviso en dichos medios"[cite: 5].
La justificación se basa en que "El aviso es de carácter instrumental y únicamente cumple con la función de alertar, pero no constituye la notificación en sí misma[cite: 5]. Su envío es suficiente para cumplir con el requisito legal, pues lo que activa la eficacia jurídica es el alojamiento del acto en el buzón tributario y el transcurso de los plazos legales"[cite: 5].
- Jurisprudencia...[cite: 5]
- Precedentes de la tesis...[cite: 5]
Publicaciones en el DOF
El 14 de enero de 2026 se publicaron el Diario Oficial de la Federación los siguientes anexos de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026[cite: 5]:
- Anexo 3: Aduanas y secciones aduaneras que cuentan con componentes de integración tecnológica para el uso del dispositivo tecnológico[cite: 5].
- Anexo 4: Horario de las aduanas[cite: 5].
- Anexo 5: Compilación de criterios normativos y sobre prácticas indebidas en materia aduanera y de comercio exterior[cite: 5].
- Anexo 6: Reglas de operación del Consejo de clasificación arancelaria y compilación de criterios de clasificación arancelaria y del NICO[cite: 5].
- Anexo 7: Mercancías por las que los ejidatarios no requieren inscripción en el Padrón de Importadores y, en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos[cite: 5].
- Anexo 8: Mercancías para uso exclusivo del importador por las que no se requiere inscripción en el Padrón de Importadores y, en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos[cite: 5].
- Anexo 9: Mercancías por las que no se está obligado al pago del IGI y equipo médico por cuya importación no se requiere inscripción en el Padrón de Importadores y, en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos[cite: 5].
- Anexo 10: Mercancías sujetas a inscripción al Padrón de Importadores de Sectores Específicos o al Padrón de Exportadores Sectorial[cite: 5].
- Anexo 11: Rutas fiscales autorizadas para efectuar el tránsito internacional de mercancías desde Ensenada o Guaymas a los Estados Unidos de América[cite: 5].
- Anexo 12: Mercancías que podrán salir del territorio nacional bajo el régimen de exportación temporal[cite: 5].
- Anexo 14: Importación o exportación de hidrocarburos, productos petrolíferos, productos petroquímicos y azufre, mediante pedimentos semanales o mensuales[cite: 5].
- Anexo 15: Plazos máximos de traslado en días naturales para arribo de tránsitos[cite: 5].
- Anexo 16: Aduanas autorizadas para tramitar el despacho aduanero de mercancías que inicien el tránsito internacional en la frontera norte y lo terminen en la frontera sur del país o viceversa, así como las rutas fiscales autorizadas para tal efecto[cite: 5].
- Anexo 17: Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional[cite: 5].
- Anexo 18: Mercancías que no pueden ser objeto del régimen aduanero de depósito fiscal[cite: 5].
- Anexo 19: Datos inexactos, falsos u omitidos por los que se actualiza la infracción establecida en el artículo 184, fracción III de la Ley[cite: 5].
- Anexo 20: Mercancías sujetas a la declaración de marcas nominativas o mixtas[cite: 5].